El TC declara inconstitucional el confinamiento decretado por el Gobierno de España al inicio de la pandemia

 

El Pleno del Tribunal Constitucional ha declarado inconstitucional el confinamiento, es decir la limitación del circulación de personas y vehículos en espacios y vías públicas que fijaba el Real Decreto aprobado por el Gobierno de España en Marzo pasado. Asimismo, el alto tribunal pone en duda la capacidad del Ministerio de Sanidad para modificar y ampliar las medidas de contención en la actividad comercial, en bares y restaurantes e incluso rechaza las medidas adoptadas de suspensión de velatorios y entierros.

Con una mayoría de 6 a 5 magistrados, el Tribunal Constitucional estimó hoy parcialmente el recurso interpuesto por Vox contra el real decreto por el que el Gobierno declaró el primer estado de alarma, el 14 de marzo de 2020.

Hoy se ha hecho público el fallo del tribunal, pero habrá que esperar a los próximos días para conocer el contenido de la sentencia y de los votos particulares.

En el documento que ha trascendido se señala que el tribunal de garantías ha declarado inconstitucionales y nulos varios puntos relativos a la libertad de circulación de personas y coches en espacios y vías públicas; así como el  que permitía al Ministerio del Interior acordar el cierre a la circulación de carreteras o tramos por razones de salud pública.

También ha declarado inconstitucional que se habilitara al Ministerio de Sanidad para «modificar» o «ampliar» las medidas de contención en el ámbito de la actividad comercial, equipamientos culturales y actividades recreativas, así como las actividades de hostelería y restauración.

Este mismo miércoles, el tribunal ha rechazado declarar inconstitucional la Orden de Sanidad de 29 de marzo que prohibía todos los velatorios, tanto en instalaciones públicas como privadas, restringía otras ceremonias fúnebres, independientemente de la causa del fallecimiento, y regulaba algunas de las condiciones de contratación de los servicios funerarios.

Este tema estaba pendiente de resolverse en el Constitucional desde mayo de 2020, cuando el asunto fue admitido a trámite en un Pleno que se celebró de manera telemática debido a las propias restricciones por la COVID-19.

Sorpresa del Gobierno español

El Gobierno ha mostrado su sorpresa tras conocer la sentencia del Tribunal Constitucional que considera ilegal el estado de alarma decretado en marzo de 2020.

Según ha señalado el Ejecutivo, no solo fue «imprescindible para salvar vidas» sino también «conforme a la Constitución y a la ley orgánica del estado de alarma».

El Gobierno de España está estudiando el fallo y aseguran que, aunque lo «respetan», lo consideran «inédito». Además, destaca que la decisión se ha tomado por una mayoría de seis votos contra cinco, «lo que da a entender el debate intenso que se ha desarrollado en torno a que este fallo».

El Ejecutivo cree se trata de una «decisión sin precedentes», puesto que todos los países del entorno «han recurrido a formulas similares, dentro de sus respectivas legislaciones, para luchar contra la pandemia».

Asimismo, recuerda que «sin esta herramienta no se hubiera llegado a tiempo de parar el virus, por lo que se reafirma en que fue «absolutamente imprescindible para salvar vidas».

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