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martes, 25 de agosto de 2026 · 10:11 · Santa Cruz de Tenerife
Laboral

El 10% que tu empresa debe pagarte si se retrasa en el salario: lo que dice la ley

El Estatuto de los Trabajadores establece un interés del 10% sobre las cantidades adeudadas cuando la empresa incumple los plazos de pago. Te explicamos cómo reclamarlo y qué documentos necesitas para hacerlo efectivo.

El 10% que tu empresa debe pagarte si se retrasa en el salario: lo que dice la ley
Un trabajador revisa su nómina y documentos para reclamar un salario pendiente.

Según la normativa laboral vigente, las compañías que incurran en demoras al liquidar los haberes de su plantilla deberán asumir un recargo equivalente al 10% sobre las sumas pendientes, conforme a lo dispuesto en el Estatuto de los Trabajadores.

La sección 29.3 del Estatuto de los Trabajadores especifica que, ante retrasos en la cancelación de salarios, se generará automáticamente un interés del 10% sobre el monto adeudado. Esta disposición legal aplica únicamente a las remuneraciones que debieron ser transferidas al empleado en la fecha previamente acordada.

La misma normativa determina que los ciclos de pago de conceptos salariales recurrentes no podrán extenderse más allá de treinta días.

Qué establece la legislación sobre el abono de nóminas

En consecuencia, las empresas no disponen de libertad para decidir cuándo efectuar estos pagos. La ley establece plazos concretos que, de no cumplirse, pueden acarrear sanciones económicas para el empleador.

Cuando una organización no cumple con la fecha de pago establecida, el empleado tiene derecho a exigir tanto las cantidades pendientes como un interés moratorio del 10% sobre dichas sumas. Esto implica que la reclamación puede incluir tanto el capital adeudado como los intereses correspondientes, siempre que se cumplan los requisitos legales.

Ilustrando este punto, si un trabajador tiene un adeudo de 1.000 euros, el recargo del 10% representaría 100 euros adicionales. La aplicación efectiva de este interés dependerá de las particularidades de cada caso y del monto real que se deba. Es crucial que el afectado conserve toda la documentación relevante, como recibos de nómina, contratos laborales, comprobantes bancarios y cualquier comunicación relacionada con los pagos, ya que estos documentos son esenciales para demostrar la existencia de la relación laboral y las cantidades pendientes.

No es lo mismo un retraso ocasional que un impago sistemático, aunque en ambos escenarios el primer paso para el trabajador debe ser reclamar las cantidades adeudadas junto con los intereses correspondientes.

Procedimiento para exigir el recargo por demora salarial

Es importante recordar que los salarios pendientes pueden ser reclamados ante la empresa, aunque existen plazos legales para interponer las acciones pertinentes. Por ello, es fundamental actuar con celeridad y recopilar toda la documentación necesaria para sustentar la reclamación.

En este contexto, el recargo del 10% por mora salarial, aunque a veces pasa desapercibido, tiene un impacto significativo en la remuneración del trabajador. La normativa no solo obliga a las empresas a pagar los salarios, sino que también impone una penalización económica específica en caso de retrasos. Ante salarios impagos, el empleado debe verificar qué conceptos se le adeudan, desde cuándo y qué mecanismos legales tiene a su disposición para exigirlos.

La liquidación de los salarios debe realizarse en los plazos establecidos, y cualquier demora puede dar lugar al derecho de reclamar intereses adicionales.

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