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viernes, 16 de octubre de 2026 · 11:06 · Santa Cruz de Tenerife
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Política

¿Puede Pedro Sánchez ser multado por hablar de vivienda en Moncloa? La Junta Electoral investiga

El organismo electoral analiza si el presidente vulneró la neutralidad institucional durante una rueda de prensa…

Elecciones el 29N: Sánchez disuelve las Cortes y planta cara a la ultraderecha con un adelanto electoral
Pedro Sánchez durante su comparecencia en el Palacio de la Moncloa el 6 de octubre.

La Junta Electoral Central (JEC) ha abierto un expediente sancionador al presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, por una posible vulneración de la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (LOREG) durante una rueda de prensa celebrada en el Palacio de la Moncloa el pasado 6 de octubre. El organismo investiga si Sánchez utilizó una comparecencia institucional para trasladar mensajes de carácter electoral y criticar a la oposición, algo prohibido por la normativa vigente.

Los hechos se remontan al día siguiente de que Sánchez anunciara el adelanto de las elecciones generales al 29 de noviembre. Durante su intervención en Moncloa, el presidente informó sobre la aprobación de dos reales decretos-leyes en materia de vivienda, pero también hizo referencias a la actuación de los grupos parlamentarios y a la necesidad de contar con una mayoría más amplia en el Congreso. El Partido Popular (PP) presentó una denuncia ese mismo día, argumentando que Sánchez aprovechó los medios institucionales para defender la gestión de su Ejecutivo y lanzar mensajes propios de una campaña electoral.

El artículo 50.2 de la LOREG prohíbe expresamente que los poderes públicos organicen o financien actos que incluyan referencias a los logros de gestión durante el periodo comprendido entre la convocatoria de las elecciones y su celebración. La normativa busca garantizar la igualdad entre las candidaturas y evitar que las instituciones públicas se utilicen con fines partidistas. En este caso, la Junta Electoral deberá determinar si las declaraciones de Sánchez el 6 de octubre superaron los límites establecidos por la ley.

Aunque la apertura del expediente no implica una sanción automática, el procedimiento podría concluir con una multa de entre 300 y 3.000 euros si se confirma la infracción. El organismo ya descartó actuar sobre la declaración institucional del 5 de octubre, en la que Sánchez anunció el adelanto electoral, al considerar que aún no había comenzado el periodo electoral.

La Junta Electoral Central es el máximo órgano encargado de supervisar los procesos electorales en España. En este caso, el expediente abierto a Sánchez se enmarca en su función de fiscalizar el uso de los recursos públicos por parte de las autoridades durante los periodos electorales.

Los antecedentes de Sánchez ante la Junta Electoral

No es la primera vez que la Junta Electoral examina declaraciones de Sánchez durante un proceso electoral. Entre los antecedentes figura un expediente abierto en diciembre de 2026 por unas declaraciones realizadas durante la presentación del balance anual del Ejecutivo, en plena campaña de las elecciones autonómicas de Extremadura.

El PP, que preside Alberto Núñez Feijóo, ha celebrado la apertura del nuevo expediente y lo considera un respaldo a su denuncia. Sin embargo, la resolución de este último procedimiento sigue pendiente, por lo que no puede darse por acreditada una nueva infracción ni por impuesta una séptima sanción.

La comparecencia del 6 de octubre en Moncloa se centró en la aprobación de dos reales decretos-leyes en materia de vivienda. Sánchez destacó la necesidad de contar con una mayoría parlamentaria más amplia para aprobar medidas estructurales y criticó la actuación de la oposición. El PP argumenta que estas declaraciones, realizadas en un contexto institucional y con el respaldo de los medios de comunicación de Moncloa, constituyen una vulneración de la neutralidad exigida por la LOREG.

Alberto Núñez Feijóo·Presidente del Partido Popular

La denuncia del PP también solicitó la retirada del vídeo de la comparecencia de los canales oficiales de Moncloa. La formación considera que la difusión de estas imágenes a través de plataformas institucionales refuerza el uso partidista de los medios públicos. La Junta Electoral aún no se ha pronunciado sobre esta petición, pero el expediente abierto podría sentar un precedente en la interpretación de la LOREG durante los periodos electorales.

La LOREG establece que las autoridades públicas deben abstenerse de realizar declaraciones que puedan influir en el voto de los ciudadanos durante el periodo comprendido entre la convocatoria de las elecciones y su celebración. Sin embargo, la interpretación de estos límites puede variar en función del contexto y del contenido de las declaraciones.

La resolución del expediente abierto a Sánchez podría conocerse en las próximas semanas. Mientras tanto, el presidente del Gobierno continúa con su agenda electoral, centrada en la campaña para las elecciones generales del 29 de noviembre. Los ciudadanos pueden seguir las actualizaciones sobre este caso a través de los canales oficiales de la Junta Electoral Central y del Gobierno de España.

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