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martes, 16 de junio de 2026 · 10:23 · Santa Cruz de Tenerife
Créditos

Bajo investigación seis bancos españoles por posibles acuerdos anticompetitivos en hipotecas

El regulador investiga si los directivos de las seis entidades realizaron declaraciones públicas que permitieron anticipar la política de tipos fijos de sus rivales, en posible violación de la Ley de Defensa de la Competencia y del derecho europeo.

Una tienda en una calle.
Sede de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, organismo que ha abierto el expediente contra las seis entidades.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha abierto un expediente sancionador contra seis de los mayores bancos que operan en España por posibles prácticas anticompetitivas en el ámbito de la política comercial de las hipotecas. Las entidades afectadas son Bankinter, Santander, BBVA, CaixaBank, Sabadell y Unicaja, según comunicó el organismo este martes.

El núcleo de la investigación se sitúa en declaraciones públicas realizadas por directivos de estas entidades sobre la política comercial futura de sus respectivos bancos, en particular sobre los tipos de interés de las hipotecas a tipo fijo. Según la CNMC, tales manifestaciones habrían permitido a las demás entidades del sector anticipar el comportamiento comercial futuro de sus competidores, reduciendo así la incertidumbre que debe existir en un mercado con competencia efectiva.

Qué artículos infringen y qué prohíben exactamente

El expediente se fundamenta en una posible vulneración del artículo 1 de la Ley de Defensa de la Competencia, que prohíbe los acuerdos, decisiones o recomendaciones entre empresas competidoras que tengan por objeto o efecto restringir, impedir o falsear la competencia en el mercado nacional. La norma abarca no solo los pactos formales, sino también las prácticas concertadas, es decir, formas de coordinación entre empresas que, sin llegar a constituir un acuerdo explícito, sustituyen la competencia real por una cooperación práctica entre ellas.

La CNMC ha señalado asimismo la posible infracción del artículo 101 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea, que prohíbe todos los acuerdos entre empresas y las prácticas concertadas que restrinjan, impidan o falseen la competencia dentro del mercado interior y que puedan afectar al comercio entre los estados miembros. Esta doble base legal, nacional y europea, amplía el alcance del procedimiento y permite al organismo aplicar las herramientas de instrucción previstas tanto en el ordenamiento español como en el comunitario.

El regulador ha precisado que la incoación del expediente no prejuzga el resultado final de la investigación. La apertura de un procedimiento sancionador implica que existen indicios suficientes para investigar, pero no determina la existencia de infracción ni la imposición de sanción alguna hasta que concluya la instrucción y se dicte resolución motivada.

Plazos y funcionamiento del procedimiento sancionador

Para la instrucción y resolución del proceso, la CNMC ha abierto un período máximo de 24 meses. Durante ese tiempo, el organismo practicará las diligencias de investigación pertinentes: podrá requerir información a las entidades, tomar declaración a sus directivos, analizar la documentación interna relevante y recabar los elementos de prueba necesarios para determinar si las conductas investigadas constituyen efectivamente una infracción de las normas de competencia.

Las seis entidades tendrán derecho a conocer los cargos que se les imputan, a acceder al expediente y a formular alegaciones en su defensa a lo largo del procedimiento. La CNMC, como organismo independiente encargado de supervisar y preservar el buen funcionamiento de los mercados en España, resolverá mediante acuerdo motivado en el que podrá archivar el expediente, declarar la inexistencia de infracción o imponer las sanciones que procedan conforme a la ley.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia es el organismo regulador español con competencia para supervisar los mercados y sectores productivos con el fin de garantizar la existencia de una competencia efectiva. Ejerce sus funciones con plena independencia del Gobierno y de los operadores del mercado, y puede actuar tanto de oficio como a instancia de parte cuando detecta indicios de conductas contrarias al derecho de la competencia.

El mercado hipotecario español afecta directamente a millones de ciudadanos que han contratado o estudian contratar un préstamo para la adquisición de vivienda. Cualquier coordinación entre las principales entidades sobre los tipos que aplican a sus productos de tipo fijo incidiría de forma directa en las condiciones que los consumidores reciben al comparar ofertas entre distintos bancos. La investigación de la CNMC busca, en última instancia, determinar si esa comparación se ha producido en condiciones de competencia real o si, por el contrario, ha existido alguna forma de alineamiento entre competidores que haya limitado las opciones disponibles para los hipotecados.

El plazo máximo de resolución del expediente vence dentro de 24 meses desde su incoación. Las seis entidades investigadas podrán presentar sus descargos y pruebas durante la fase de instrucción antes de que la CNMC emita su resolución definitiva.

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