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¿Por qué el TSJC tumba la sentencia que beneficiaba a la cementera de Arguineguín?

El tribunal anula la orden que obligaba a Puertos Canarios a resolver en seis meses la concesión portuaria de CEISA…

¿Por qué el TSJC tumba la sentencia que beneficiaba a la cementera de Arguineguín?
Vista de las instalaciones de CEISA en el puerto de Santa Águeda, Arguineguín.

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias (TSJC) ha anulado la sentencia que obligaba a Puertos Canarios a resolver en seis meses la concesión portuaria solicitada por la cementera CEISA en el puerto de Santa Águeda, en Arguineguín. La Sala considera que la orden judicial carecía de sentido, ya que la Administración ya había denegado la solicitud antes del primer fallo.

La decisión, adoptada por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, estima el recurso de apelación presentado por Puertos Canarios, organismo dependiente de la Consejería de Obras Públicas del Gobierno de Canarias. El tribunal devuelve las actuaciones al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 4 de Las Palmas, que deberá dictar una nueva sentencia sobre el fondo del asunto: si CEISA tiene o no derecho a la concesión que reclama.

El origen del conflicto: una concesión portuaria hasta 2046

El litigio se remonta a marzo de 2021, cuando Cementos Especiales de las Islas, S.A. (CEISA) solicitó a Puertos Canarios una nueva concesión sobre el puerto de Santa Águeda. La empresa argumentó que su cantera de puzolana, su fábrica de cemento y el puerto forman «un todo funcional indivisible», por lo que reclamaba que la concesión portuaria, que vencía en enero de 2023, se extendiera hasta 2046, coincidiendo con la prórroga de su concesión minera.

Puertos Canarios no respondió a la solicitud, lo que llevó a CEISA a acudir a los tribunales en enero de 2022 por desestimación por silencio administrativo. Durante el proceso, la empresa llegó a pedir que se le reconociera un derecho «reglado» a obtener la concesión, es decir, que la Administración estuviera obligada a otorgársela.

Sin embargo, en diciembre de 2024, el Consejo de Administración de Puertos Canarios dictó una resolución denegando la concesión. Aunque ambas partes aportaron este documento al juzgado a principios de 2025, CEISA decidió no ampliar su recurso para impugnarla.

La sentencia anulada y el «irresoluble escenario» que evitó el TSJC

En julio de 2025, el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 4 de Las Palmas estimó parcialmente la demanda de CEISA. Anuló la desestimación por silencio y ordenó a Puertos Canarios completar el expediente y resolver en seis meses. El juzgado argumentó que no podía otorgar la concesión por sí mismo, ya que faltaban trámites como la fijación del canon.

El TSJC, sin embargo, ha dado ahora la razón a Puertos Canarios en un punto clave: el juzgado partió de que el expediente seguía abierto cuando, en realidad, ya estaba cerrado. «El pronunciamiento judicial ordena una actuación cuya finalidad inmediata ya se había cumplido», señala la Sala en su sentencia. Además, advierte del «irresoluble e indeseable escenario» que habría creado ejecutar aquel fallo, ya que la Administración tendría que dictar una nueva resolución para sustituir a la de diciembre de 2024, que no había sido impugnada en el proceso.

Los magistrados destacan que la resolución denegatoria de Puertos Canarios «goza de la presunción de legalidad propia de los actos administrativos» y es «plenamente válida y eficaz». También señalan que no cabe reprochar a la Administración que resolviera tarde, ya que la ley la obliga a dictar resolución expresa aunque haya vencido el plazo.

El tribunal no entra en el resto de cuestiones planteadas en el recurso. No resuelve si CEISA estaba obligada a ampliar su recurso para impugnar la resolución denegatoria, ni se pronuncia sobre los argumentos de fondo de Puertos Canarios, que niega la existencia de una unidad funcional entre cantera, fábrica y puerto. Tampoco examina el recurso de CEISA, que pedía que se condenara a la Administración a tramitar la concesión en sentido favorable.

Puertos Canarios·Ente público

En un comunicado hecho público tras conocerse la sentencia, Puertos Canarios valoró «favorablemente» la decisión judicial. El organismo insiste en que la resolución denegatoria de 2024 es firme y que el caso debe resolverse ahora en el juzgado de instancia.

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