El alcalde de Arrecife nombró a su hermano oficial de Policía Local y el Ayuntamiento advierte de invalidez
La Secretaría municipal concluye que Yonathan de León incumplió el deber de abstención y avocó competencias delegadas…
El alcalde de Arrecife, Yonathan de León (PP), incumplió su deber de abstenerse al nombrar a su hermano como oficial de la Policía Local del municipio, según ha resuelto la Secretaría del Ayuntamiento.
El decreto que formalizó el nombramiento fue firmado el 14 de mayo de 2026. En él, se acordó la comisión de servicios de siete funcionarios para puestos de Oficial de Policía Local. Entre los nombrados figura Juan José de León Machín, hermano del alcalde, con quien le une «una relación de parentesco de segundo grado de consanguinidad», según el documento al que ha tenido acceso Canarias Ahora.
Cinco meses después de la firma del decreto, el 17 de octubre de 2026, el propio Yonathan de León solicitó a la Secretaría municipal una revisión jurídica del procedimiento, alegando una posible causa de abstención. La Secretaría del Ayuntamiento ha advertido de que esta actuación puede dar lugar a la invalidez del acto administrativo.
Secretario municipal denuncia deber de abstención incumplido por alcalde
La resolución del secretario municipal concluye que existe «un deber de abstención conculcado». El informe señala que el parentesco de consanguinidad dentro del segundo grado, como es el caso de un hermano, es motivo suficiente para la abstención, según el artículo 76 de la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local y el artículo 23 de la Ley de Régimen Jurídico del Sector Público.
«La no abstención en los casos en que concurra alguna de esas circunstancias dará lugar a la responsabilidad que proceda».
El secretario cita una sentencia del Tribunal Supremo que establece que el deber de abstención responde a la necesidad de mantener los servicios públicos «a cubierto de toda colisión entre intereses particulares e intereses generales». Además, el informe destaca que el alcalde solicitó el informe «posteriormente, y no con carácter previo», incumpliendo así el artículo 3.3 del Real Decreto que regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional.
Alcalde Yonathan de León asumió competencias delegadas en concejal
El secretario municipal también señala que el alcalde incumplió el régimen de delegaciones aprobado. Según el escrito, las competencias en materia de recursos humanos estaban delegadas en una concejal desde octubre de 2025. De hecho, la concejal delegada firmó dos decretos previos en el mismo expediente en febrero y mayo de 2026.
«Resulta de profunda inquietud para quien suscribe que existen dos decretos previos firmados por la concejal delegada en el mismo expediente».
El informe del secretario indica que Yonathan de León asumió competencias sin seguir el procedimiento legalmente establecido. El documento expone que el alcalde se avocó sin sujeción al procedimiento, lo que constituye una irregularidad administrativa.
La Secretaría General del Ayuntamiento ha informado de que el mecanismo jurídico para dilucidar la posible invalidez del decreto es la revisión de oficio del acto administrativo. El secretario recuerda que no es función de la Secretaría emitir informes para revisar actos que ya están produciendo efectos.
«Puede dar lugar a la invalidez del acto, sin perjuicio de otras responsabilidades a que hubiere lugar».
El informe jurídico, fechado el 23 de octubre de 2026, advierte de que el consistorio deberá iniciar un procedimiento de revisión de oficio para determinar si la resolución incurre en nulidad de pleno derecho o anulabilidad. Este procedimiento afectaría no solo al hermano del alcalde, sino también a los otros seis agentes que obtuvieron la plaza temporal.
