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Jueves, 5 de noviembre de 2026 · ·Santa Cruz de Tenerife
Economía

El Gobierno fija el salario mínimo en 1.286 euros para 2027, un 5,3% más que este año

La subida, por encima del 4,9% recomendado por expertos, entrará en vigor tras el trámite de audiencia pública hasta…

El Gobierno fija el salario mínimo en 1.286 euros para 2027, un 5,3% más que este año
La ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, durante la presentación del borrador del real decreto.

El Gobierno ha aprobado un borrador de real decreto para elevar el salario mínimo interprofesional (SMI) un 5,3% en el año que viene, situándolo en 1.286 euros brutos al mes en 14 pagas. La medida, que eleva la retribución mínima anual a 18.004 euros, supera el 4,9% recomendado por la comisión de expertos, aunque queda por debajo del 7% que reclamaban los sindicatos UGT y CCOO.

El Ministerio de Trabajo, dirigido por Yolanda Díaz, ha publicado el texto en audiencia e información pública, abriendo un plazo hasta el 16 de noviembre para presentar alegaciones. Según el borrador, la subida responde al objetivo de garantizar una «remuneración equitativa y suficiente» que permita a los trabajadores y sus familias mantener un «nivel de vida digno», alineándose con la Carta Social Europea y las resoluciones del Comité Europeo de Derechos Sociales.

Empleadas del hogar cobrarán 10,06 euros por hora trabajada

En el caso de las empleadas del hogar, el salario mínimo por hora efectivamente trabajada se fija en 10,06 euros, una cifra que incorpora todos los conceptos retributivos, incluidas las pagas extraordinarias. Para los trabajadores con contratos de corta duración, aquellos cuyos servicios en una misma empresa no superen los 120 días, la retribución mínima por jornada legal será de 60,88 euros, incluyendo la parte proporcional de domingos, festivos y gratificaciones.

Además, el texto introduce una disposición transitoria de «no afectación» para evitar distorsiones en ámbitos extralaborales. Esto significa que el nuevo importe del SMI no se aplicará automáticamente a normas autonómicas o locales que lo utilicen como referencia para conceder ayudas o prestaciones públicas, ni a contratos privados que lo tengan como indicador, salvo que las partes lo acuerden expresamente. En esos casos, se mantendrá durante el año que viene el valor del SMI vigente antes de la entrada en vigor de la nueva norma.

Tras el periodo de audiencia pública, el texto deberá recibir el visto bueno del Consejo de Ministros, un trámite que, según fuentes del Ministerio, se considera un mero formalismo, ya que la decisión final corresponde al Ejecutivo.

En el ámbito de la compensación y absorción, el real decreto establece que la revisión salarial no afectará a aquellos sueldos profesionales que, en conjunto y en cómputo anual, ya superen los 18.004 euros brutos.

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